El alto tribunal estima que la mera referenciación de un préstamo hipotecario a este índice «no implica falta de transparencia ni abusividad».
Se estima que un millón de familias contrató su hipoteca con IRPH y no con el euríbor que, en lo peor de la crisis, estuvo hasta 3,4 puntos más barato.
La banca aseguraba a sus clientes que el IRPH era más estable y seguro… pero según la OCU les ha hecho pagar 1.200 euros más de hipoteca al año.
«No pedimos anular el IRPH por introducirlo en el contrato, ¡sino por la forma de hacerlo!», protesta José María Erauskin, de Abogados Res.
La banca española se ha llevado este miércoles su primer alegrón hipotecario en los tribunales, después de los mazazos judiciales que les supuso perder el caso de las cláusulas suelo y, más recientemente, de las multidivisa. El Supremo ha dictaminado en su favor en el caso del IRPH, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios al que estaban indexados los intereses de aproximadamente un millón de familias. El alto tribunal estima que referenciar un préstamo a este índice «no implica falta de transparencia ni abusividad», dice la sentencia cuyo texto íntegro se conocerá en próximos días.
El Supremo se pronuncia así sobre el recurso de Kutxabank a una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava que anuló los intereses por IRPH aplicados a uno de sus clientes porque estimaba que no hubo transparencia al aplicar este índice y que, al no haber aportado pruebas de haberlo «negociado» con su cliente, se consideraba «impuesto».
El fallo se esperaba con expectación porque unifica las doctrinas contrapuestas en las audiencias provinciales. Las de Álava, Vizcaya, Salamanca, Alicante, Cádiz, Murcia —y alguna sección de Madrid— consideraron que estos índices no se habían introducido de forma transparente para que el cliente conociera lo que implicaba. Barcelona, A Coruña, Palma, Valencia o Zaragoza dictaminaron en el sentido del Supremo.
«Discrepo profundamente con la sentencia», explica a 20minutos José María Erauskin, el bufete que asesora al particular cuyo caso —un préstamo de 250.000 euros a 35 años y un interés del 4,25% referenciado al IRPH— ha servido hoy al Supremo para fijar su doctrina. «No pedimos anular el IRPH por introducirlo en el contrato, ¡sino por la forma de hacerlo! Tener un préstamos con IRPH no es ilegal, pero es abusivo si se hizo sin transparencia, sin información, sin cuadros comparativos, sin diferenciales de cuotas y posibilidades de elegir otro índice», protesta Erauskin. «Tampoco la mera mención a una cláusula suelo era abusiva, sino hacerlo de forma opaca y sin dar alternativas».
La Plataforma de Afectados por la Hipoteca también ha criticado la sentencia del Supremo. «Desgraciadamente resuelve a favor de la banca, otra vez. Pierden los consumidores, pero seguiremos luchando porque es evidente», considera la rama madrileña de la organización. «Pese a lo que dice el Supremo, el IRPH es una cláusula abusiva en contra de los derechos e intereses de la gente», dijo ayer el diputado de Podemos, Rafa Mayoral, cuyo partido ha pedido derogar este índice al que tachan de «opaco» e «influenciable» por las entidades. Y es que el mazazo es grande para el millón de hipotecados que, según los cálculos de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), pagaron unos 1.200 euros más al año por una hipoteca media. Antes de conocer la sentencia, el propio Erauskin explicaba que los afectados «se podían olvidar de recuperar el dinero» si era favorable a la banca. Como ha sucedido finalmente