Un policía local denunció ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a un ciudadano que grabó desde su casa unas imágenes de la calle donde el aparecía. El policía pidió al denunciado que parase la grabación y aún así este prosiguió con misma y después difundió el vídeo por Whatsapp. El denunciado manifiesta que la grabación la realizó por motivo de una agresión machista que se estaba produciendo en la vía pública, y la actuación de la policía local en el desarrollo de sus competencias profesionales.
La AEPD indica que “la mera captación de imágenes de las personas o su difusión a través de WhatsApp puede considerarse un tratamiento de datos personales recogida en la normativa de aplicación”. Además, al constar acreditado que el denunciado divulgó a través de esta red social imágenes de un miembro de la policía, sin su consentimiento, “se ha producido una vulneración del art.6.1 LOPD en cuanto que faltó el consentimiento inequívoco del afectado”.
Por estos hechos, y en atención al principio de proporcionalidad, la AEPD impone una sanción de 2000 euros al denunciado.